Concepto jurídico indeterminado, usualmente no definido, ya sea por la legislación o por la literatura, en la medida en que puede ser comprendido como algo más intuitivo y evidente que racional o problemático[1].
De manera general, podemos comprender el interés público como el elemento que justifica la intervención de los organismos públicos siempre y cuando haya un provecho en beneficio de la comunidad.
En todo caso, el interés público no solo justifica la intervención de la Administración pública y de instituciones como el Ministerio Fiscal (cfr. Artículo 124 de la Constitución Española), sino también se utiliza para viabilizar, por ejemplo, la protección de personas que realicen revelaciones públicas (cfr. Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, caso Halet. Luxemburgo).
[1] De La Morena y De La Morena, L. (1983). Derecho Administrativo e interés público: correlaciones básicas. Revista de Administración Pública, núm. 100-102, pp. 847-880.